A un año del despojo: La verdad sobre la mesa

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Por los resultados ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) se redescubre la inconformidad con las relaciones históricas entre la institucionalidad estatal y los habitantes de las islas que consideran indebido y,  desde luego, inconveniente, el manejo dado al proceso.

La comunidad del Departamento había solicitado, repetidamente, en diversas formas la inclusión de un raizal en el grupo de personas responsables de atender el proceso ante La Haya; la primera petición se hizo por escrito al Presidente de la República  el 10 de diciembre de 2001, cuatro días después de presentada la demanda, y se insistió durante una década sin ser oída tal petición.

Aún cuando un ex presidente,  actor en el proceso,  afirma haber contado con la participación y asesoría de expertos, hijos de estas islas en la defensa de los intereses de Colombia, esto no corresponde a la verdad.

En los registros ante la CIJ de La Haya no figura isleño alguno en el grupo que representó  a nuestro país en ese proceso, como tampoco existe evidencia en los registros de los despachos nacionales correspondientes. Esto muy a pesar de un escrito de un alto funcionario del gobierno nacional en respuesta a un derecho de petición de la organización AMEN SD de las islas, donde  insinúa equivocadamente esa participación.

Cree la población raizal que la exclusión es sistemática, es histórica, que desde la adhesión del territorio del archipiélago a la Gran Colombia –que lo conformaba también la extensa costa de la Mosquitia– no hubo interés manifiesto en incluir a la gente, en proteger sus propiedades, en considerarlos nacionales de pleno derecho.

Aún la mayor parte de la población nacional no sabe que la Costa de la Mosquitia fue colombiana desde 1822, que fue invadida en 1894, que nuestro país no hizo nada contundente para repeler esa agresión, que los raizales se levantaron en armas contra los usurpadores y no fueron nunca respaldados por el Estado.

Fue la gran pérdida ocho años antes de la separación de Panamá.

Nicaragua fue avanzando al no encontrar oposición de Colombia hasta comprometer  las islas Mangles.  Solo así hubo reacción y sobrevino la entrega de la Costa de la Mosquitia con la firma del tratado Esguerra-Bárcenas 1928/30.

Esta es una histórica verdad que resintió al pueblo raizal del archipiélago al ver dividido su territorio y su gente repartida entre dos países.

Nicaragua no oculta sus pretensiones de seguir adquiriendo a toda costa las islas y las aguas del departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, lo publica en su Libro Blanco en 1980, así que la demanda ante La Haya solo fue cuestión de tiempo y disposición.

Lo evidente fue la falta de preparación de Colombia para defender sus intereses, la desatención a la protección de sus nacionales, las ineficientes estrategias –si las hubo– para contrarrestar jurídica y diplomáticamente las posiciones y pretensiones de Nicaragua.

Denunciar  después el Pacto de Bogotá no es  oportuno y desecha un instrumento legal internacional importante para la solución pacífica de los conflictos, en que un país del tercer mundo como el nuestro tiene en el derecho las más contundentes armas de defensa.   

La corte arquea el rumbo de la historia. Colombia duerme

La decisión  de la CIJ del 13 de diciembre de 2007, al desatar las excepciones preliminares, atiende asuntos de fondo declarando la plena validez del tratado entre las partes de 1928, sin embargo aunque Colombia alega que el Protocolo de 1930 o Acta de Canje de Ratificaciones expresamente fijó el Meridiano 82 como límite marítimo entre los dos países y se demostró que en los debates en el Senado de Nicaragua dicha línea divisoria era considerada por los mismos legisladores de ese país como un límite divisorio de aguas, incomprensiblemente para la CIJ no valió esta prueba histórica.

En cambio, la corte resuelve que la soberanía de las islas de Providencia, San Andrés y Santa Catalina  está definida en el tratado pero se declara competente para definir  sobre la soberanía de las demás características marítimas en disputa, incluyendo la zona económica exclusiva y  confirma su jurisdicción para resolver la disputa sobre la delimitación marítima.
 
Colombia entonces, en el 2008, cambia su estrategia de defensa del meridiano 82 por la propuesta de la línea media, acatando la resolución sin interponer resistencia alguna,  y al no tener demarcadas las islas  como un conjunto, como una unidad territorial por no haberlos establecido como un archipiélago oceánico de un Estado continental, la sentencia de la Corte nos definió como islas separadas.

¿Cómo enfrentar a las diminutas islas nuestras con menos de 70 kilómetros en perímetros para establecer puntos equidistantes de una línea media ante una costa nicaragüense de cerca de 500 kilómetros sin decretar primero las delimitaciones del archipiélago conforme lo ordenaba la Ley 10 de 1978?

Otro habría sido el reparto de las aguas de ser el departamento  un Archipiélago de Estado.

El 19 de noviembre pasado se sentenció a favor de Nicaragua derechos sobre zona económica exclusiva  que por más de 200 años fueron posesiones del pueblo raizal de las islas por una Corte que escuchó los argumentos de las partes sin que Colombia defendiera la histórica dependencia alimentaria de los isleños con las áreas y sin que expusiera sobre la Reserva de Biosfera Seaflower establecida por la Unesco, ni las áreas protegidas constituidas para la sostenibilidad  y sustentabilidad ante la explotación de los recursos.

Un año después: Sí, pero... no.

A un año del fallo no se ha interpuesto aún recurso legal alguno de las contempladas para atacar  la sentencia como lo son la de aclaración o la de revisión conforme al reglamento de la Corte, por parte de Colombia.

El fallo de la CIJ está vigente,  en ejecución y es de inmediato cumplimiento, o sea que lo que ahí se dice constituye derecho a favor o en contra de las partes que se sometieron a la  controversia jurídica bajo esa jurisdicción.

El decreto, las declaraciones de “Zonas Contiguas Integrales” y las estrategias establecidas por el Señor Presidente no interfieren con la sentencia de La Haya ni disminuyen los derechos  sobre el mar del archipiélago a favor de Nicaragua.

Sin embargo, desde hace un año las autoridades de Nicaragua han manifestado al más alto nivel la disposición de respetar y reconocer las practicas ancestrales  de pesca y aprovechamiento de los raizales, la dependencia alimentaria del área y también,  en cierta forma, para acordar sobre medidas de preservación y protección de la Reserva de Biósfera Seaflower, sobre los 350 mil kilómetros cuadrados de mar.

Aquí hay acciones para emprender conjuntamente, para establecer mediante tratados, convenios y acuerdos, un programa a muy largo plazo para conservar la utilización –como ha sido costumbre– de los mares del archipiélago a favor de sus legítimos poseedores que son el pueblo raizal que los ha navegado,  aprovechado y protegido en los cuatro siglos transcurridos desde su presencia en el archipiélago de San Andrés y la Costa de la Mosquitia.

 

Última actualización ( Sábado, 16 de Noviembre de 2013 08:58 )