El Día Internacional Libre de Bolsas de Plástico, que se conmemora cada 3 de julio, es una oportunidad para que cada ciudadano busque cómo lograr la reducción de este elemento en sus quehaceres cotidianos. Máxime en Colombia, donde el Ministerio de Ambiente ha expedido la Ley 2232 de 2022 y la Resolución 0803 que establecen los lineamientos hacia la eliminación gradual de plásticos de un solo uso desde el 7 de julio próximo.
Es pertinente recordar que la mayoría de estas bolsas (principalmente las de poco tamaño) no se reutilizan ni se reciclan, sino que son desechadas inmediatamente, terminando en los basureros, en los ríos o en el mar, afectando a numerosas especies de animales.
Al estar elaboradas con materiales poliméricos derivados del petróleo, las bolsas plásticas pueden producirse en segundos, pero tardan más de cien años en degradarse. Por lo tanto, se convierten en agentes altamente contaminantes y dañinos para los ecosistemas, la fauna y la flora, e incluso para nuestra propia salud a causa de los llamados ‘microplásticos’.
Varios países en el mundo ya han prohibido la producción de bolsas de plástico, mientras que otros han optado por aplicar impuestos sobre su uso o han establecido ciertos acuerdos con los establecimientos que las utilizan.
Cambio de hábitos
Colombia hasta este año estuvo introduciendo medidas para desincentivar su uso, como la aplicación de un tarifa en los almacenes cuyos clientes las requerían en su compra. Sin embargo, desde este 7 de julio, el uso de seis elementos plásticos de un solo uso queda totalmente prohibido: uno de ellos, las bolsas, acorde con lo dictado por la Ley 2232 de 2022.
Por tal motivo, el Ministerio de Ambiente estableció algunas medidas para la reducción gradual de plásticos de un solo uso en Colombia, con la expedición de la Resolución 0803; normativa que busca, igualmente, promover la economía circular con la participación de todos los actores de la cadena del reciclaje.
Esta reglamentación permitirá la reducción en el uso de bolsas de punto de pago, bolsas de rollo del fruver, bolsas de empaque de revistas y recibos, bolsas de lavandería, soportes plásticos de bombas y de copitos de algodón, pitillos y mezcladores.
La medida también fija las alternativas sostenibles para su reemplazo, la responsabilidad extendida del consumidor, las directrices administrativas para las entidades públicas y el régimen de transición para las bolsas plásticas distribuidas en los cajeros y puntos de pago.
“La resolución incita a los consumidores a cambiar la alternativa del uso. Hay un poder muy importante de los ciudadanos y las ciudadanas de dejar de utilizar estos elementos y empezar a pensar en un reemplazo”, indicó la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad.
Al respecto, la funcionaria explicó que la reglamentación define que, para permanecer en el mercado, los productos prohibidos deben presentar alternativas sostenibles enfocadas en la biodegradabilidad y compostabilidad en condiciones ambientales naturales; ser fabricados con 100% de materia prima reciclada de fuente nacional; y su aprovechamiento debe ser del 100% de la misma resina o mezcla de resinas de los productos puestos en el mercado.
Así mismo, Muhamad destacó que en Colombia hay 375 negocios verdes que están trabajando en el reemplazo de este tipo de materiales plásticos y su incorporación a la economía circular.
“Esperamos que esta transición al modelo de economía circular la podamos visibilizar de forma muy potente en la COP16, porque hace parte de la convención de biodiversidad para abordar la crisis de contaminación de microplásticos y el tratado de plásticos de un solo uso que se está en este momento negociando a nivel mundial para la eliminación de los plásticos que no sean esenciales, por ejemplo, para usos médicos donde no hay hoy un reemplazo”, agregó.
Detalles de la Resolución
Esta nueva reglamentación aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso y a las entidades públicas y privadas.
Además, la norma destaca una mayor participación de los recicladores de oficio en el fortalecimiento de la cadena productiva del reciclaje y como actores clave en los procesos de certificación de las cantidades recolectadas.
Dentro de las medidas administrativas, a partir del 7 de julio, las entidades públicas no podrán adquirir plásticos de un solo uso prohibidos, excepto aquellos que cumplan con las alternativas sostenibles. Además, deben establecer estrategias y campañas de reducción.
Los distribuidores de bolsas plásticas deberán presentar informes de avance y cierre sobre el uso racional de bolsas plásticas, detallando cómo serán recicladas las bolsas en inventario.
La fecha límite para la presentación y actualización del Plan de Gestión Ambiental de residuos de envases y empaques es el 31 de diciembre de 2024. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) será la encargada del seguimiento y control para verificar las alternativas sostenibles con enfoque de economía circular.
(Foto: Jorge Sánchez/Help 2 Oceans Foundation)