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Diputados piden salvar al antiguo hospital Santander

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Cuatro diputados de la Asamblea Departamental presentaron un derecho de petición al gobierno local en el cual solicitan que al antiguo Hospital Santander no se le aplique el acto administrativo vigente que ordena la destrucción o demolición del inmueble en consideración a su valor histórico, parte integral del patrimonio cultural del archipiélago.

A continuación la misiva:

Los Honorables Diputados de la Asamblea del Departamento Archipiélago, haciendo uso del derecho constitucional de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional que enmarca como Derecho fundamental el que: “toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas ante las autoridades y la viabilidad de que estas, atiendan a la protección y la satisfacción de los intereses particulares y generales”; de igual forma, y en consideración a que en el Artículo 1º de la Ley 397 de 1997- “Ley General de la Cultura ” (…), refiriéndose a la salvaguardia de las infraestructuras con interés históricas en elArchipiélago y como patrimonio cultural de la comunidad Insular, se expresa: 1. Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias. (…) 3. El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana. 4. En ningún caso el Estado ejercerá censura sobre la forma y el contenido ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales. 5. Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación. 6. El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, (…) 8. El desarrollo económico y social deberá articularse estrechamente con el desarrollo cultural, científico y tecnológico.

En el mismo sentido; el Articulo 2º denota: “Las funciones y los servicios del Estado en relación con la cultura se cumplirán (…), teniendo en cuenta que el objetivo primordial de la política estatal sobre la materia son la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación y el apoyo y el estímulo a las personas, comunidades e instituciones que desarrollen o promuevan las expresiones artísticas y culturales en los ámbitos locales, regionales y nacional”.

Finalmente; el Artículo 4º de la misma expresa: “El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, (…), así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, (…), museológico o antropológico. a) Objetivos de la política estatal en relación con el patrimonio cultural de la Nación. (…), la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del mismo, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro.

En tal sentido, presentamos respetuosamente las siguientes peticiones:

1. Que NO se demuela o derribe el edificio del antiguo “Hospital Santander”, ubicada desde el 5 de mayo de 1940, dentro de la jurisdicción del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; cuando fue inaugurado dicho edificio construcción con ocasión de celebrarse el centenario de ese gran prócer neogranadino de la historia y que durante sus inicios, han influenciado visiblemente en ella, magnos hombres de la Tradición Local y Nacional como por ejemplo el Reverendo Padre, Eusebio Howard, el General Rojas Pinilla, entre otros.

2. Que en consideración a que el solemne edificio, fue diseñada y construida de acuerdo
a las particularidades propias de la Arquitectura Republicana y que en el
Departamento Archipiélago es considera como la única infraestructura con ese referido
e histórico estilo; No se le aplique el acto administrativo vigente que ordena la
destrucción del inmueble a la parte o segmento principal de la estructura que
inicialmente fue construida para el funcionamiento del Hospital en 1940.

3. Que por el contrario, se realicen las gestiones necesarias ante el Ministerio de la Cultura o el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, para que las mismas, designen una nutrida delegación de especialistas o profesionales idóneos en restauraciones y conservaciones arquitectónicas; de forma tal, que como ciudadanos de esta Comunidad Insular, podamos tener una clara y acertada información o verdadero diagnóstico, sobre el estado actual de ese característico e Histórico bien, que nos pertenece a todos y que además, forma parte integral de nuestra desarrollada, enraizada y afianzada historia arquitectónica y cultural y que para su recuperación en especial para el disfrute de las futuras generaciones, no debemos escatimar los recursos necesarios, ya que su verdadero valor, es Patrimonial y no Económico.

4. Que en consideración a lo anterior, se nos informe por escrito y en la mayor brevedad posible las inquietudes presentadas en la siguiente dirección en San Andrés Isla, Avenida Newball, Edificio de la Asamblea Departamental, con copia al correo electrónico: arlingtonhoward@gmail,com

Atenta y respetuosamente,
ARLINGTON HOWARD HERRERA
Diputado Liberal

ORLY ROZO LOZANO

Diputado de la U

JIM REEVES POMARE

Diputado Liberal

OSCAR BOWIE STEPHENS

Diputado Cambio Radical

 

Última actualización ( Martes, 19 de Marzo de 2013 10:55 )  

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