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elisleño.com - El diario de San Andrés y Providencia.

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¿Letra muerta?

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La Asamblea Departamental solicitó al gobernador Pedro Gallardo Forbes ealizar las gestiones administrativas y legales para darle aplicabilidad al artículo 34 de la Ley 915 de 2004 que determinó que las embarcaciones destinadas a la pesca artesanal en el archipiélago deberán obtener permiso de la Junta Departamental de Pesca y Acuicultura para operar legalmente.

Según la ley dicho permiso “reemplaza para todos los efectos el certificado de antecedentes expedido por la Dirección Nacional de Estupefacientes”.

La Ley 915 del 2004 o Estatuto Fronterizo, tiene por objeto la creación de las condiciones legales especiales para la promoción y el desarrollo económico-social de los habitantes de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que les permita su supervivencia digna conforme a lo reglado por la Constitución Nacional y dentro de sus particulares condiciones geográficas, ambientales y culturales.

La proposición fue presentada por los diputados Arlington Howard del Partido Liberal y Oscar Bowie de Cambio Radical (CR).

 

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