
El Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina emitió una resolución de profundo impacto para los habitantes de las islas, al reconocer que la pesca artesanal es una actividad exclusiva del Pueblo Raizal, por su vínculo ancestral con el territorio y el mar. (Foto archivo)
La decisión ordena a la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) y al Departamento Archipiélago ajustar sus normas para garantizar que solo pescadores artesanales raizales puedan ejercer esta actividad dentro de la jurisdicción marítima, y prohíbe a la Oficina de Control de Circulación y Residencia (Occre) otorgar permisos de faenas a otras personas.
En consecuencia, este fallo sienta las bases para exigir el desmonte progresivo de la pesca industrial en aguas del Archipiélago, al ser incompatible con la sostenibilidad de los ecosistemas, la soberanía alimentaria y los derechos ancestrales del Pueblo Raizal.
Además, se suspendió la Resolución 2565 de 2023 (demandada en abril del mismo año) y se ordenó a la autoridad ambiental, Coralina, realizar un diagnóstico de los ecosistemas afectados por la pesca indiscriminada, así como diseñar medidas de restauración y protección.
Aunque la sentencia fortalece y reivindica los derechos del Pueblo Raizal, despojado de su propio maritorio, deja en una zona sensible a pescadores no raizales que, no obstante locales e inclusive residentes legales, quedarían por fuera de la actividad.
Revertirla es reglamentariamente complejo y su inobservancia podría generar consecuencias legales para los funcionarios encargados de hacerla cumplir ya que es un proceso jurídico consolidado.
Este fallo representa, finalmente, un avance histórico en la defensa ambiental del maritorio, la seguridad y soberanía alimentaria y la preservación del patrimonio cultural pesquero del Pueblo Raizal.



















