Como lo anticipó EL ISLEÑO.COM la Corporación Ambiental Coralina autorizó mediante Resolución 212 del 12 de abril del 2011, la tala de 241 árboles ubicados en predios donde se construirá el proyecto Hotel Isleño Decameron y Centro de Convenciones e impuso estrictas medidas de mitigación.
El proyecto referido contó con licencia de construcción impartida por el Departamento Administrativo de Planeación Departamental, quien certificó su compatibilidad con las normas del P.O.T.
Entidad que certificó además que de acuerdo con las normas urbanísticas que rigen para la zona de influencia del proyecto, la misma “no se cataloga como una zona de reserva forestal intangible, si no que existe la posibilidad de intervención de la vegetación actualmente existente siempre se garantice la reposición, compensación y mitigación correspondiente.”.
Que como consecuencia de la tala autorizada, la autoridad ambiental impuso a los responsables del proyecto, fuertes y estrictas medidas de compensación y mitigación que a continuación se describen para que sean conocidas por la opinión pública, a saber:
Medidas de compensación: El responsable del proyecto debe:
a. Elaborar e implementar un proyecto de adecuación de un parque ecológico en el predio donde funcionaba la antigua intendencia, con la integración de especies costeras y de humedal, así como el diseño de un sistema de canalización para el manejo integral hídrico de la zona, considerando su función como sumidero, control de inundaciones y protección costera.
b. Recuperar la franja frontal de playa de la manzana donde están proyectadas las obras del centro de convenciones, el hotel y de la zona frente al predio d ela antigua intendencia, para generar un corredor lineal biológico que de una efectiva protección a los ecosistemas y a la infraestructura que se piensa establecer.
Esta medida deberá ceñirse a los esquemas que la Corporación ha desarrollado para la revegetalización de las zonas costeras y los propósitos de más árboles menos calor, campaña permanente que ha emprendido la institución como medida de adaptación y mitigación al cambio climático.
c. Sembrar 1205 nuevos árboles en los alrededores del sitio a intervenir o en otras zonas.
d. Realizar una publicación del sistema de interpretación del parque ecológico que debe diseñar, que sirva para fines educativos y también turísticos.
e. Implementar por lo menos quince (15) huertas caseras, las cuales deberán por lo menos tener dos ciclos de producción.
2. Medidas de mitigación: Estas deberán ejecutarse o adelantarse de manera paralela al desarrollo de las talas autorizadas.
a. Las áreas comunes del proyecto se deberán replantear y reducir en por lo menos 50% de las que actualmente se tienen planteadas dentro del proyecto en material de concreto reemplazándolas por madera, jardines u otras tecnologías que permitan suficiente área de infiltración y recarga del acuífero, así como reducir efectos térmicos y de inundación dentro y fuera del proyecto.
b. Adelantar la siembra de las especies Hymenocalis caribaea, Fimbristylis cymosa y Complaya trilobata, en linderos en la linderos de la peatonal.
c. Tener especial cuidado con las labores de poda de la vegetación herbácea ya que por las condiciones de inundación temporal puede encontrarse las especies endémicas Lepdodactylus insulares conocida como ranita o frog.