La Secretaría de Movilidad y Tránsito junto con la Policía Nacional, ubicará puestos de control para exigir el cumplimiento del decreto 0585 del 17 de noviembre de 2017 que ordenó el registro de todo tipo de vehículos (motocicleta, carro, camioneta, camión, mulita, motocarro, buses, entre otros) en el censo vehicular que concluyó en mayo de este año.
Al concluir el tiempo establecido y en cumplimiento de lo dispuesto en dicha norma, los vehículos que no hayan sido censados, no podrán realizar ningún trámite ante el organismo de tránsito, y su propietario tendrá un plazo de 30 días calendario para retirar el mismo del Departamento.
Como sanción, aquellos propietarios que incumplieron el requisito de censo vehicular, se harán acreedores al comparendo tipo B03, que tendrá como observación ‘No portar el documento que acredite el censo del vehículo’.