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Tutelan consulta previa pero sigue vivo convenio del CCPC

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En un fallo que generó amplia expectativa, el Tribunal Contencioso Administrativo tuteló el derecho de la comunidad raizal de Providencia y Santa Catalina a la realización del ejercicio de Consulta Previa frente al convenio suscrito para el manejo del Centro de Producción de Contenidos Culturales (CPCC) del teatro Midnight Dreams. No obstante, el convenio sigue en pié.

En efecto, se trata de la iniciativa 9677-SAPII00-13-445-2015, suscrito entre el Ministerio de Cultura, la Cancillería, el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, ‘Llorona Records’ y la Alcaldía de Providencia y Santa Catalina; que fuera tutelado por la comunidad a través de Carmelina Newball, directora de la Casa de la Cultura; Josefina Huffington, de la Veeduría Cívica y Carlos Archbold Yip, entre otros, quienes buscaban además la interrupción del covenio

En el fallo, la magistrada ponente Noemí Carreño Corpus, tras hacer un completo análisis jurídico de las solicitudes de los accionantes, encontró que el convenio objeto de la acción de amparo tiene apartes que no cumplen los propósitos constitucionales de equidad y respeto a la normatividad relativa a las minorías  étnicas por lo que resolvió amparar el derecho mencionado en lo que tiene que ver con las siguientes actividades que se determinan conforme a lo establecido en el convenio

El diseño e implementación del esquema de funcionamiento operación y mantenimiento del teatro y del Centro de Producción de Contenidos Culturales (CPCC) en lo que respecta a la actividad de: Diseñar e implementar un modelo de programación y desarrollo de contenidos que garanticen la consolidación de la oferta cultural del Archipiélago hacia el Gran Caribe, las alianzas con circuitos nacionales e internacionales y el fomento de programas de formación (…)

El diseño e implementación de la estrategia de mercadeo y de comunicación: en lo que tiene que ver con las actividades de “Diseñar una estrategia de mercadeo y de comunicaciones que sirva para promocionar y posicionar el Teatro y el CPCC y su capacidad de desarrollo de proyectos culturales según los distintos grupos de interés públicos, y diseñar un manual de identidad grafica concertada con la comunidad local”.

Al mismo tiempo, adelantar el diseño e implementación de estrategias de formación (…).

El convenio continúa

De otra parte, la sala denegó dejar sin efectos todo el trámite contractual vinculado con el convenio 9677-SAPII00-13-445-2015 y en su lugar; ordenó que la ejecución de las actividades indicadas como sujetas a Consulta Previa sean suspendidas en cuanto a su implementación, sin que ello sea óbice para que continúe la ejecución de otros ítems del convenio, hasta tanto se lleve a cabo la misma.

En su fallo el Tribunal, así mismo pide a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo un acompañamiento al proceso de consulta previa que debe surtirse y vigilar el pleno cumplimiento del presente fallo.

También exhorta a las entidades accionadas que de buena fe lleven a cabo la consulta previa respecto a las actividades que se señalan en esta providencia al igual que cualquier otra que pueda generar afectación directa a la Comunidad de Raizal de Providencia y Santa Catalina, sea que se encuentren determinada de manera explícita o no en el mencionado convenio, pero que para el cumplimiento del objeto contractual se debe ejecutar.

Con este fallo, los artistas de la isla que se han estado beneficiando hasta la fecha con el Centro de Producción de Contenidos Culturales, no se verían necesariamente afectados en su ejecución.

¿Violación del decreto 2762?

Por otra parte, la Oficina de Control de Circulación y Residencia (Occre), adelanta investigaciones ante una posible vulneración de las normas de migración del Departamento Archipiélago contempladas el Decreto Ley 2762 de 1991, por parte de los representantes de Llorona Records, operadores del convenio en Teatro Midnight Dreams y su centro de contenidos digitales.

Al respecto, Joseph Barrera Kelly, director de la Occre dijo que “esta es una situación bastante grave y compleja como quiera que involucra al mismo Gobierno Nacional que aparece como contratante de la firma Llorona Records”.

En días pasados el mismo funcionario en respuesta enviada a la Veeduría Cívica de Providencia, manifestó que una vez revisada la base de datos de la entidad de control poblacional se halló que no figura permiso alguno para laborar expedido a favor de los precitados.

Barrera Kelly advirtió, en cambio, que los operadores del convenio se encuentran en la isla con tarjeta de turismo, la cual no les permitiría ejercer ningún tipo de trabajo en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

 

Última actualización ( Lunes, 25 de Enero de 2016 03:39 )  

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